Difference between revisions of "Información exógena tributaria DIAN"
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Revision as of 14:51, 16 December 2020
La Información exógena tributaria DIAN, también conocida como Medios magnéticos DIAN es la información presentada por personas jurídicas y naturales, sobre las operaciones realizadas con sus clientes, usuarios u otros que intervienen en el desarrollo del objeto social de la empresa. Esta información se envía periódicamente a la DIAN a través de servicios electrónicos.
Este reporte busca efectuar cruces y estudios de información para fiscalización y control de los tributos pagados por los contribuyentes.
Contents
Reportes anuales
Los reportes de información exógena se realizan por medio de formatos XML.
Obligados a presentar el reporte
Entidades
Según el art. 1 de la Resolución 000070 de 2019 los obligados a presentar información exógena son:
- Personas naturales y asimiladas que hayan superado topes de ingresos en los años gravables el 2019 y/o 2020
- Personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades públicas y privadas que hayan superado topes de ingresos en los años gravables el 2019 o 2020.
- Personas naturales y jurídicas y asimiladas, públicas y privadas, obligados a practicar retenciones por el año 2020.
- Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras
- Entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
- Secretarios Generales
- Personas o entidades que celebren contratos de colaboración empresarial como: Consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
- Sociedades Fiduciarias
- Entidades Financieras
- Fondos de Cesantías
- Fondo de Pensiones
- DECEVAL
- Bolsas de Valores
- Comisionistas de Bolsa.
- Cámaras de Comercio
- Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Notarios
- Quienes elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
- Obligados a presentar estados financieros consolidados.
- Residentes fiscales colombianos que tengan control sobre una entidad del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).
- Alcaldías, distritos y gobernaciones.
- Autoridades catastrales
- Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.
- Entidades no contribuyentes y no contribuyentes declarantes.
- Responsables del impuesto nacional al carbono.
- Concesiones y asociaciones público privadas – APP.
Formatos a presentar
Las personas naturales y jurídicas y entes públicos deben presentar los siguientes formatos para el periodo 2020 (en el año 2021): https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ExogenaTributaria/Presentacion/Paginas/default.aspx