Difference between revisions of "Inconvenientes tecnológicos / Contingencia DIAN"

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Le informarás a la DIAN cuando inicie la contingencia y cuando termine, para que a partir de ese momento cuenten las 48 horas.
 
Le informarás a la DIAN cuando inicie la contingencia y cuando termine, para que a partir de ese momento cuenten las 48 horas.
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Cuerpo del correo: Sres DIAN, através de este e-mail le informamos que la empresa (Nombre de la empresa) identificada con (NIT + Dígito) se encuentra en contingencia por inconvenientes tecnológicos para la emisión de documento soporte de nómina electrónica. De acuerdo a la Resolución N°000013 del 11 de febrero de 2021, una vez superemos el inconveniente tecnológico, daremos alcance informando a ustedes por este medio y en las siguientes 48 horas se hará el envío de los documentos de nómina electrónica que se hayan generado mientras no estuvimos en producción.
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Cuerpo del correo: Sres DIAN, através de este e-mail le informamos que la empresa (Nombre de la empresa) identificada con (NIT + Dígito) se declara en contingencia por inconvenientes tecnológicos para la emisión de documento soporte de nómina electrónica. De acuerdo a la Resolución N°000013 del 11 de febrero de 2021, una vez superemos el inconveniente tecnológico, daremos alcance informando a ustedes por este medio y en las siguientes 48 horas se hará el envío de los documentos de nómina electrónica que se hayan generado mientras no estuvimos en producción.
  
  
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Latest revision as of 02:04, 14 May 2022

La Resolución N°000013 del 11 de febrero de 2021 informa que si tu empresa tiene inconvenientes tecnológicos a la hora de de emitir sus documentos tecnológicos, puede declararse en contingencia. Aquí te explicamos cómo hacerlo

Documento soporte de pago de nómina

Para la nómina electrónica, la DIAN no tiene establecido aún un proceso automático; entonces recomendamos llevar a cabo el siguiente proceso, con el fin de que tenga un soporte de las razones por las cuales no pudiste enviar el documento. Una vez superado el inconveniente, debes enviar los documentos en las próximas 48 horas.

Le informarás a la DIAN cuando inicie la contingencia y cuando termine, para que a partir de ese momento cuenten las 48 horas.

Es una proceso que recomienda libremente Numera, pero al no ser responsables del envío, es cada contribuyente quien toma la decisión de realizarlo de este modo.



1. Informa a la DIAN que estás en contingencia:

Envía un correo electrónico a contingencia.facturadorvp@dian.gov.co así:


Ciudad, fecha

Asunto: Inconvenientes tecnológicos / Contingencia

Cuerpo del correo: Sres DIAN, através de este e-mail le informamos que la empresa (Nombre de la empresa) identificada con (NIT + Dígito) se declara en contingencia por inconvenientes tecnológicos para la emisión de documento soporte de nómina electrónica. De acuerdo a la Resolución N°000013 del 11 de febrero de 2021, una vez superemos el inconveniente tecnológico, daremos alcance informando a ustedes por este medio y en las siguientes 48 horas se hará el envío de los documentos de nómina electrónica que se hayan generado mientras no estuvimos en producción.


Agradeciendo su comprensión.


___________________________

Nombre del Representante Legal o Cargo del Contador

Cédula Representante Legal o del Contador

Número de teléfono



2. Informa a la DIAN que saliste de contingencia:

Una vez superes la contingencia envía un correo electrónico a contingencia.facturadorvp@dian.gov.co así:


Ciudad, fecha

Asunto: Inconvenientes tecnológicos superados

Cuerpo del correo: Sres DIAN, através de este e-mail le informamos que la empresa (Nombre de la empresa) identificada con (NIT + Dígito) ha superado los inconvenientes tecnológicos reportados el día ____ a la hora ___ a través de este buzón. De acuerdo a la Resolución N°000013 del 11 de febrero de 2021, en las siguientes 48 horas se hará el envío de los documentos de nómina electrónica que se hayan generado en dicho periodo.


Agradeciendo su comprensión.


___________________________

Nombre del Representante Legal o Cargo del Contador

Cédula Representante Legal o del Contador

Número de teléfono


3. Envíe a la DIAN los documentos.