Resolución 2012 de 2022 para PILA
El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el pasado 20 de octubre de 2022 la Resolución 2012, con el fin de implementar cambios importantes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Aquí te explicamos los 5 cambios, que rigen a partir del 01 diciembre 2022.
1. Nuevo campo a reportar: Actividad económica"":
- Se adiciona el campo de actividad económica para el sistema general de riesgos laborales a nivel de cotizante, es decir del colaborador (definidas en el decreto 768)
- Deberá reportarse a partir de 01 diciembre 2022. De acuerdo al concepto con el radicado Nro. 202231302215221 del Ministerio de Salud, aplican a partir del periodo de cotización de diciembre para pago desde el 01 de enero 2023
- Aplica para todos los tipos de cotizantes que paguen a una ARL, a excepción del tipo de cotizante 57 - Independientes voluntarios, quienes registrarán el campo en cero.
La nueva actividad está construída por 7 dígitos:
- Primer número: Clase de riesgo de 1 a 5
- siguientes 4 números: Código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU). Revisión 4 adaptada para Colombia
- últimos 2 números: NCP: no clasificadas en otra parte
2. Validaciones para aprendices sena de cotizantes tipo 12 y 19
A partir de esta fecha, los aprendices en etapa lectiva (tipo de cotizante 12) o en etapa productiva (tipo de cotizante 19), deberán estar registrados en la base de datos del SENA en caprendizaje.sena.edu.co para poder ser reportados en la PILA. Si el aprendiz no se encuentra relacionado en ella, no se podrá usar este tipo de cotizante y se deberá contactar al SENA para generar esta base de datos de acuerdo con los contratos de aprendizaje registrados en dicha entidad la cual tiene una frecuencia de entrega mensual a los Operadores de Información.
3. Validaciones para no obligados a cotizar pensión subtipos de cotizantes 03 y 04
Si en tu planilla reportas personas como no obligadas a cotizar a pensiones por edad (subtipo de cotizante 03) o con requisitos cumplidos para pensión, para indemnización sustitutiva o para devolución de saldos (subtipo de cotizante 04), es importante que no se encuentren relacionadas en el archivo que será remitido a los Operadores de Información, de lo contrario, no se podrán reportar con estos subtipos de cotizantes en PILA y obligatoriamente tendrán que cotizar a pensión. Para actualizar o verificar la información debes contactar a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
4. Tipo de planilla x – planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, reestructuración o en procesos concursales
El tipo de planilla X no podrá ser utilizada a partir del 1 de diciembre de 2022, por lo tanto, los aportantes deberán hacer los pagos mediante la planilla E – Planilla Empleados.
5. Pago de intereses por mora en planilla tipo o para pago de saldos de beneficios tributarios
Se crea el indicador 12 – Pago únicamente de intereses de mora para los subsistemas diferentes a pensión que la UGPP les indique el valor por pagar, de acuerdo con el saldo del beneficio tributario que deba a dicha entidad, mediante el uso en las planillas tipo O – Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP, y tipo U – Planilla de Uso exclusivo de la UGPP para el pago por terceros.