Contrato de mandato de certificado digital para facturación electrónica

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ANEXO ____'

CONTRATO DE MANDATO PARA INCLUSION DE FIRMA DIGITAL Y/O ELECTRONICA


Entre los suscritos a saber:


___________________ Sociedad comercial debidamente constituida y registrada de acuerdo a la normatividad colombiana, identificada con NIT ___________________, representada legalmente _______________________, identificado con cedula de ciudadanía número ___________________ y quien para los efectos del presente contrato se denominará EL MANDANTE: FACTURE S.A.S., sociedad comercial debidamente constituida y registrada de acuerdo con la normatividad colombiana, identificada con NIT 900.399.741-7, representada legalmente por TOMAS MOGOLLON HOYOS, identificado con cedula de ciudadanía número 1.047.430.702 de Cartagena y quien para los efectos del presente contrato se denominará EL MANDATARIO

Hemos acordado suscribir el siguiente contrato de mandato que se regirá por las siguientes cláusulas y en lo previsto en las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil aplicables a la materia de que se ocupa este contrato, y las normas que en futuro las modifiquen:

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: EL MANDANTE faculta al MANDATARIO, quien es su proveedor tecnológico de facturación electrónica, para que en nombre y representación y bajo responsabilidad del MANDANTE, incluya su firma o certificado digital o electrónico, como elemento tecnológico para el control fiscal, para todos los efectos legalmente necesarios en los procesos de emisión, radicación y formalización de las facturas electrónicas, generados por la plataforma de factura electrónica PL-COLAB, en virtud del contrato de prestación de servicios suscrito por las partes y de acuerdo a lo consagrado en el artículo tercero (3ro), literal (d) del decreto 2242 del 2015 y demás normas que rigen la materia.

Como consecuencia, EL MANDATARIO queda facultado únicamente para incluir su firma digital o electrónica en los procesos de emisión, radicación y formalización de las facturas electrónicas, en nombre, representación y bajo absoluta responsabilidad del MANDANTE, con el fin de hacer más sencillo y menos costoso el proceso de factura electrónica para el MANDANTE que no cuenta con el certificado electrónico requerido. El MANDATARIO queda absolutamente exonerado de cualquier responsabilidad ante la DIAN y ante terceros por problemas legales o tributarios de las facturas generadas y firmadas digital o electrónicamente por el MANDATARIO en representación del MANDANTE, tales como tales como demandas, fraudes, sanciones o cualquier pleito legal.


Estas disposiciones se hacen en cumplimiento con la ley 962 de 2005 en concordancia con la ley 527 de 1999, el decreto 2364 de 2012, el decreto 333 de 2014 y las normas que los modifiquen, adicione o sustituya, y de acuerdo con la política de firma que establezca la DIAN.

SEGUNDA: VALOR DEL CONTRATO: El presente contrato no tiene valor alguno, puesto que el MANDATARIO no se beneficiará económicamente por la labor encomendada.

TERCERA. DURACION DEL CONTRATO: El presente contrato es accesorio al contrato de prestación de servicios de facturación electrónica, por lo cual, el término del presente contrato será igual al término del contrato de prestación de servicios de facturación electrónica. Sin embargo, EL MANDANTARIO podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier tiempo, sin que se obligue a expresar motivación alguna, con un preaviso de 5 días hábiles, sin que haya lugar a indemnización, reclamación, objeción alguna por parte del MANDANTE y sin que esto afecte la vigencia y continuidad del contrato de prestación de servicios de facturación electrónica. En este caso, una vez terminado el contrato en las condiciones antes expuestas, el MANDANTE deberá proporcionar al MANDATARIO como su proveedor tecnológico, su firma o certificado digital y/o electrónico, con el fin de que este sea incluidos en los procesos de emisión, radicación y formalización de las facturas electrónicas, generados por la plataforma de facturación electrónica PL-COLAB.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

- EL MANDANTE: a) EL MANDANTE se obliga a responder por todos los perjuicios que se causen a terceros, sin perjuicio de las demás obligaciones que se puedan derivar del contrato o de las normas legales y reglamentarias de la operación. Por lo anterior, procederán contra EL MANDANTE por parte de EL MANDATARIO las acciones a que hubiere lugar por los perjuicios que le cause el contrato a él o a terceros de buena fe. b) El MANDANTE se obliga a mantener indemne al MANDATARIO frente procesos judiciales o administrativos, ante la DIAN y ante terceros por problemas legales o tributarios de las facturas generadas y firmadas digital o electrónicamente por el MANDATARIO en representación del MANDANTE. c) Las demás contenidas en el presente contrato.

- EL MANDATARIO: a) EL MANDATARIO en virtud del presente contrato, deberá incluir en nombre y representación del MANDANTE, su firma o certificado digital o electrónico, como elemento tecnológico para el control fiscal, para todos los efectos legalmente necesarios en los procesos de emisión, radicación y formalización de las facturas electrónicas del MANDANTE. b) Las demás contenidas en el presente contrato.

Para constancia de lo anterior y para todos los efectos legales, se firman el presente al día _____________ del mes ___________ del año _____




EL MANDANTE

EMPRESA:_______________________________

NIT EMPRESA____________________________

REP. LEGAL:_____________________________

DOC.IDENTIDAD No.______________________

REPRESENTANTE LEGAL




EL MANDATARIO

FACTURE S.A.S.

NIT. 900.399.741-7

TOMAS MOGOLLON HOYOS

REPRESENTANTE LEGAL (S)