Difference between revisions of "Duda de días para reportar nómina electrónica"

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La DIAN reglamentó por medio de la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 y la Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, la obligatoriedad de presentar la [[Nómina electrónica]] los primeros 10 días del mes siguiente.  
 
La DIAN reglamentó por medio de la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 y la Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, la obligatoriedad de presentar la [[Nómina electrónica]] los primeros 10 días del mes siguiente.  
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La resolución no es clara si los días son hábiles o calendarios, por esta razón recomendamos acogerse a la Ley 4 de 1913 en el artículo 62,  en la cual se expresa que ante la ausencia de esta especificación se deben tomar los días como hábiles. De esta forma, la fecha límite para la transmisión de estos documentos, son los diez primeros días hábiles de cada mes.
 
La resolución no es clara si los días son hábiles o calendarios, por esta razón recomendamos acogerse a la Ley 4 de 1913 en el artículo 62,  en la cual se expresa que ante la ausencia de esta especificación se deben tomar los días como hábiles. De esta forma, la fecha límite para la transmisión de estos documentos, son los diez primeros días hábiles de cada mes.
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Ejemplo: La empresa NUMERA SAS emitirá la nómina del mes de diciembre en los primeros 10 días hábiles del mes de enero, teniendo en cuenta que no se toman ni sábados ni domingos y que el día 10 es festivo, el plazo máximo para transmitir estos documentos será el día lunes 17 de enero de 2022.
 
Ejemplo: La empresa NUMERA SAS emitirá la nómina del mes de diciembre en los primeros 10 días hábiles del mes de enero, teniendo en cuenta que no se toman ni sábados ni domingos y que el día 10 es festivo, el plazo máximo para transmitir estos documentos será el día lunes 17 de enero de 2022.

Revision as of 22:09, 5 January 2022

La DIAN reglamentó por medio de la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 y la Resolución 000037 del 5 de mayo de 2021, la obligatoriedad de presentar la Nómina electrónica los primeros 10 días del mes siguiente.


La resolución no es clara si los días son hábiles o calendarios, por esta razón recomendamos acogerse a la Ley 4 de 1913 en el artículo 62, en la cual se expresa que ante la ausencia de esta especificación se deben tomar los días como hábiles. De esta forma, la fecha límite para la transmisión de estos documentos, son los diez primeros días hábiles de cada mes.


Ejemplo: La empresa NUMERA SAS emitirá la nómina del mes de diciembre en los primeros 10 días hábiles del mes de enero, teniendo en cuenta que no se toman ni sábados ni domingos y que el día 10 es festivo, el plazo máximo para transmitir estos documentos será el día lunes 17 de enero de 2022.