Difference between revisions of "Retención en la fuente"

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La [[retención en la fuente]] ([[Retefuente]]) es un mecanismo de recaudo del [[impuesto de renta]], que opera mediante la retención de un porcentaje del pago de las compras de bienes o servicios a los proveedores. Para los autoretenedores, quien vende se auto-retiene este impuesto.
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La [[retención en la fuente]] ([[Retefuente]]) es un mecanismo de recaudo del [[impuesto de renta]], que opera mediante la retención de un porcentaje del pago de las compras de bienes o servicios a los proveedores. Para los [[autoretenedores]], quien vende se auto-retiene este impuesto.
  
Si bien la [[retención en la fuente]] que realiza la empresa que compra es un anticipo de impuesto de renta para quien vende, es requerido por ley emitir certificados de la retención que el comprador pagó a la DIAN para que el proveedor pueda descontar esas retenciones.
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Si bien la [[retención en la fuente]] que realiza la empresa que compra es un anticipo de impuesto de renta para quien vende, es requerido por ley emitir [[certificados de la retención]] que el comprador pagó a la DIAN para que el proveedor pueda descontar esas retenciones.
  
=[[Retención en la fuente]] en [[Numera]]=
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=Forma de recaudo=
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Quien compra retiene un porcentaje de la base de la factura de su proveedor y paga ese impuesto a la DIAN. Para el vendedor este impuesto es un anticipo del [[impuesto de renta]] del año.
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=[[Formulario de impuestos]]=
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Para declarar este impuesto, la DIAN dispone el [[formulario no. 350]]. En este [[formulario]] se unen la declaración de [[retención en la fuente]], [[autorretenciones]] en la fuente y las [[retenciones por IVA]]. Aquí se visualiza el [[formulario no. 350]] publicado por la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2020/Formulario_350_2020.pdf
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Toda la información que se condensa en esta página es del [[formulario no. 350]]
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=Impuesto [[Retención en la fuente]] en [[Numera]]=
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==Cálculo del impuesto==
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[https://wiki.esnumera.com/wiki/Impuestos#Liquidaci.C3.B3n Aquí] te explicamos la lógica de liquidación de impuestos, donde puedes ver las liquidaciones, y como activarlas.
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===Información que alimenta cada casilla del formulario===
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El formulario está compuesto por casillas. Los impuestos, bases y cálculos que tomamos para cada casilla son:
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Aquí puedes consultar cómo es la búsqueda de los impuestos en el software Odoo (base y cálculos) https://wiki.esnumera.com/wiki/Impuestos#Tipos_de_b.C3.BAsqueda
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==[[Auditoría de impuestos]]==
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En [[Numera]] hemos comprobado que las validaciones que hacen actualmente los seres humanos, pueden ser realizadas por máquinas. Construimos  auditorías por cada casillas del formulario, que son reportadas como alarmas en la parte inferior del [[home del impuesto]].
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Estas auditorías excluyen cualquier registro realizado en el diario "cierre de impuestos", a menos que en la descripción indiquen lo contrario. Se esquematiza así para que la auditoría no tome como movimientos los "cruces" de cuentas de impuestos, por ejemplo el traslado de cada subcuenta a una cuenta de pago (cuenta contable 23659501).  Realizar dos registros permitirá que la cuenta de pago sean un tipo de cuenta "a pagar", y el informe de cuentas por pagar incluirá las deudas a la autoridad tributaria.
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En un futuro cercano pretendemos realizar automáticamente el registro del pago del impuesto; es decir: (1) el "cruce" de impuestos  cuando el impuesto pase a estado "presentado (en el diario [[cierre de impuestos]]) y (2) el registro del pago cuando el impuesto pase a estado "pagado" (en el diario de [[bancos]]).
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Las auditorías que realizamos son:
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{| class="wikitable"
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! Código de la auditoría !! Descripción
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|    audit_42_49 ||  Compara el total de los ingresos causados en el periodo  (valor neto de la cuenta contable 4, es decir crédito menos débito) vs los ingresos declarados en las casillas 42 al 49 del formulario. En en valor de la auditoría excluímos la utilidad en venta de p.p y e (cuentas contables 4245), los intereses bancarios (cuenta contable 42102001) y los descuentos en compras que hayan sido registrados en el ingreso (42503001).
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|    audit_52 ||  Compara las retenciones de rentas laborales causadas en las cuenta contables 23650501 y 23650502  (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 52 del formulario.
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|-
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|    audit_54 || Compara las retenciones de honorarios causados en las cuenta contables 23651501 y 23651502 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 54 del formulario.
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|    audit_55 ||  Compara las retenciones por comisiones causadas en las cuentas contables 23652001 y 23652002  (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 55 del formulario
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|-
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|    audit_56 ||  Compara las retenciones por servicios causados en las cuentas contables 23651503, 23651504, 23652501, 23652502, 23652503, 23652504, 23652505, 23652506, 23652507, 23652508 y 23652509  (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 56 del formulario
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|    audit_57 ||  Compara las retenciones por rend. financieros causados en las cuentas contables 23653501, 23653502 y 23653503  (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 57 del formulario
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|    audit_58 ||  Compara las retenciones por arrendamientos causadas en las cuentas contables 23653001 y 23653002 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 58 del formulario
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|    audit_59 ||  Compara las retenciones por regalías y explotaciones PI causadas en la[cuenta contable 23657090 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 59 del formulario
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|    audit_60 ||  Compara las retenciones por dividendos y participaciones causadas en las cuenta contable 23651001 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 60 del formulario
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|    audit_61 ||  Compara las retenciones por compras causadas en las cuentas contables  23654001, 23654002, 23654003, 23654004, 23654005, 23654101, 23654102, 23654103 y 23654104 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 61 del formulario.
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|    audit_63 ||  Compara las retenciones por construcción causadas en la cuenta contable 23654105 vs las declaradas en la casilla 63 del formulario
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|    audit_65 ||  Compara las retenciones de loterías, rifas apuestas, etc causadas en la cuenta contable 23654501vs las declaradas en la casilla 65 del formulario
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|    audit_67 ||  Compara las autorretenciones causadas en las cuentas contables 236566 vs los ingresos multiplicados por la tarifa de autorenta (0,4%, 1,6% o 0,8%) que se declaran en la casilla 67 del formulario.
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|    audit_68_74 ||  Compara las autorretenciones practicadas por empresas autorretenedoras y causadas en las cuentas contables 2365 (naturaleza crédito) vs las declaradas en las casillas 67 al 74 del formulario
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|    audit_75_76 ||  Compara las retenciones del exterior causadas en las cuentas contables 23655001, 23655002, 23655004, 23655005, 23655006, 23655007, 23655008 y 23655009 con las declaradas en las casillas 75 al 76 del formulario.
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|    audit_77 ||  Compara las retenciones en la fuente en exceso (o devolución de retenciones) registradas en las cuentas contables 2365 (de naturaleza débito) vs las declaradas en la casilla 77 del formulario. En la auditoría se excluyen los movimientos del pago de retención, registrados en la cuenta contable 23659501
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|    audit_78 ||  Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente registradas en el mes en las cuentas 2365 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 78 del formulario
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|    audit_79 ||  Compara las retenciones de iva practicadas a responsables de iva, causadas en las cuentas contables 23671501, 23671502, 23671503, 23671504, 23671505 y 23671506 vs las declaradas en la casilla 79 del formulario
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|    audit_80 ||  Compara las retenciones de iva practicadas a terceros del exterior causadas en las cuentas contables 23670501 y 23670502 vs las declaradas en la casilla 80 del formulario.
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|    audit_81 ||  Compara las retenciones de iva en exceso (o devolución de retenciones) registradas en las cuentas contables 2367 (de naturaleza débito) vs las declaradas en la casilla 81 del formulario. En la auditoría se excluyen los movimientos del pago de retención, registrados en la cuenta contable 23679501
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|-
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|    audit_82 ||  Compara el valor a pagar de las retenciones de iva registradas en el mes en las cuentas 2367 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 82 del formulario
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|    audit_85_1 ||  Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente y de iva registradas en el mes en las cuentas 2365 y 2367 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 85 del formulario
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|    audit_85_2 ||  Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente y de iva registradas en el mes en las cuentas 2365 y 2367 (saldo contable) vs el valor a pagar de la casilla 85 del formulario. Recomendamos revisar si la retención en la fuente del mes anterior fue pagada, o si el pago no se ha registrado en la contabilidad.
 +
|}
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==[[Radicar]] [[Liquidación de impuestos]]==
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 +
Ingresa [https://wiki.esnumera.com/wiki/Liquidación_de_impuesto aquí] para ver el proceso de radicación de impuestos
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==[[Responsabilidad]]==
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 +
[[Numera]] identifica que una [[empresa]] o [[persona natural]] es responsable de retención en la fuente cuando su [[RUT]] porque en la casilla no.53, tienen la responsabilidad. “07- Retención en la fuente a título de rent”
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 +
Para todas las empresas que tengan esta responsabilidad y que desde el [[home de la empresa]] activen el [[botón de liquidar impuestos]], [[Numera]] calculará  la [[propuesta de impuesto]] y la [[auditoria de impuestos]] el primer día del mes de vencimiento, a partir de la información del [[software contable]] de la empresa. Mientras el [[estado del impuesto]] no cambie de [[Preparado]] se volverá a calcular diariamente en función de los cambios que tenga el periodo de cálculo.
 +
 
 +
==[[Estado de un impuesto]]==
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Revisa [https://wiki.esnumera.com/wiki/Estado_de_un_impuesto aquí] cuales con los estados de los impuestos.
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==[[Lectura de impuestos]]==
  
==[[Periodicidad]]==
+
En Numera hemos automatizado la lectura del [[formulario]] de retención en la fuente. Con ella validaremos los datos presentados en los [[formularios de impuestos]] para que la gestión de impuestos sea en línea y completamente documentada. Los [[usuarios]] deben cargar a [[Numera]] los formularios de impuestos de [[Retención en la fuente]] una vez han sido presentados en la DIAN.
  
Este impuesto lo hemos llamado
+
[[Intellectio]] recibirá el [[radicado]] del [[usuario]] e identificará la información del impuesto. Con esta información del [[formulario]] radicado se revisará el estado en la DIAN y la congruencia con la [[propuesta de impuesto]] realizada por [[Numera]].
  
=Forma de recaudo=
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[[Numera]] lee estos datos en las liquidaciones de impuestos:
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===Declarante===
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[[Numera]] identifica los datos de quien presentó el impuesto validando el [[NIT]] y el [[Dígito de verificación]]
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===[[Periodicidad]] y [[Periodo]]===
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Los impuestos los hemos dividido de acuerdo a su [[periodicidad]], es decir, cada cuándo se presenta el impuesto en el año. Como la [[retención en la fuente]] sólo tiene un lapso de periodicidad la hemos denominado  "RETENCION EN LA FUENTE MENSUAL".
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 +
El [[periodo]] indica el no. de vez en la que se presenta un impuesto, de acuerdo a la [[periodicidad]]. La retención en la fuente como es mensual, tiene 12 periodos. [[Numera]] identifica el periodo de un [[formulario]] de [[retención en la fuente]] de acuerdo a las casillas no. 1 y 3, que detallan el año y el periodo respectivamente.
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 +
===Comparación de casillas===
 +
 
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En la lectura de los formularios validamos que el impuesto preparado por [[Numera]] sea consistente con el impuesto [[presentado]]. Este proceso lo hacemos comparando los valores reportados en las casillas 25 a 87 del [[formulario no. 350]] presentado en la DIAN. El resultado es un reporte de auditoría con las diferencias.
  
Quien compra retiene un porcentaje de la base de la factura de su proveedor y paga ese impuesto a la DIAN.
+
===[[Lectura de estados de impuestos en la DIAN]]===
  
 +
En [[Numera]] pretendemos documentar todo el proceso de liquidación con revisiones y análisis de diferentes roles dentro del proceso contable. Para ello recibimos en la [[VURV]] los [[formularios]] en todos las etapas que la [[DIAN]] tiene disponible para los contribuyentes. Al [[radicar]] [[Intellectio]] lee el estado que tiene el impuesto en la [[DIAN]] y lo cruza contra el estado que tiene en [[Numera]], informando a el [[Contador]] de los inconsistencias en los mismos.
  
=Formularios de impuestos=
+
====Preparado====
  
Para declarar este impuesto, la DIAN dispone el formulario no. 350. En el formulario 350 se unen la declaración de las retenciones en la fuente, autorretenciones en la fuente y las retenciones por IVA (mecanismo de recaudo del IVA nacional que tiene como objetivo retener al que vende un porcentaje del impuesto que él pagará en su declaración de IVA a la DIAN).
+
Consideramos un impuesto preparado cuando está liquidado automáticamente por [[Numera]].
  
Aquí se encuentra el link de la DIAN para visualizar el formulario 350  https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2020/Formulario_350_2020.pdf
+
====Borrador====
  
 +
Cuando el [[impuesto]] preparado se diligencia y guarda en la plataforma de la [[DIAN]], se genera un "borrador", y si se habilitan las firmas queda "en trámite firmas". El [[impuesto]] no es el definitivo y está sujeto a cambios.
  
==Toda declaración presentada por primera vez se denomina “inicial”. Una vez diligenciado el formulario 350 queda en estado “borrador”. Este estado permite editar la declaración. Luego se autorizan firmas (representante legal, contador y revisor fiscal según aplique) y pasa al estado “en trámite de firmas”, que se mantiene hasta que la declaración se marque como “presentada”. En ese momento se envía la declaración a la DIAN y queda “en firme”.  
+
La diferencia entre un impuesto en "borrador" y "en trámite firmas", es que el "borrador" contiene una marca de agua con la denominación "Borrador" y el impuesto en trámite de firmas contiene una marca de agua con la denominación "en trámite firmas", y un número en la casilla no. 996 "Espacio para el número interno de la DIAN / Adhesivo". Ambos formularios los hemos incluído en el estado "Borrador".
  
Una vez se presenta el impuesto, se debe generar un recibo de pago (formulario 490) que habilita los pagos pse, TIDIS (Título de devolución de impuesto) o en ventanilla de bancos. A diferencia del IVA, esta declaración debe presentarse antes del día del vencimiento si no se pagará completa, y se tienen 60 días después de la fecha de vencimiento para pagarla, de lo contrario se toma como no presentada.
 
  
Sanciones
+
El usuario radica en [[Numera]] el PDF del [[formulario no. 350]] descargado de la [[DIAN]] como una [[liquidación de impuestos]], y [[Numera]] identifica que la [[retención en la fuente]] está en estado "borrador" con las siguientes validaciones:
Las DIAN establece anualmente el monto de la sanción mínima, que para el año 2020 es 356.000 (10 UVT). Esto se traduce en que ninguna sanción puede ser inferior a este monto, ni superior al valor pagado en la declaración inicial (si es por corrección)
+
#Ell [[NIT]] y el [[Dígito de verificación]] de la empresa que se encuentra en la casilla no. 4 del [[formulario no. 350]] son consistentes con el [[NIT]] de la empresa.
 +
#El periodo de presentación en las casillas 1 y 3 del [[formulario no. 350]] corresponde al periodo del impuesto preparado
 +
#La casilla no. 997 "Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora" del [[formulario]], está vacía.
  
Existen tres tipos de sanciones:
+
El no. de formulario de este borrador (casilla 4 del [[formulario no. 350]]) es el que almacenamos como no. de formulario del impuesto, y que será base para identificar otros [[estados de los impuestos]].
  
Sanción por corrección (art 644 ET): Cualquier modificación que se realiza a una declaración presentada oportunamente, debe liquidar una sanción del 10% del mayor valor a pagar.  Si la corrección se efectúa después del emplazamiento (requerimiento de la DIAN), la sanción es el 20%. Cuando la corrección es de una declaración que se presentó después de la fecha de vencimiento, se adiciona una sanción del 5% del mayor valor a pagar, por cada mes o fracción de mes.
+
====Presentado====
  
Sanción por extemporaneidad (art 641 y 642): Cuando una declaración se presenta después de la fecha de vencimiento se aplica una sanción del 5% de las retenciones declaradas, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto, por cada mes o fracción de mes.  
+
Cuando el impuesto se presenta en la [[DIAN]], con o sin firmas, pasa a presentado. Se evidencia en el [[formulario]] porque tiene la marca de agua “recibido”.
  
Cuando la declaración no tenga saldo a pagar la sanción será del 0.5% de los ingresos brutos, sin exceder el 5% de dichos ingresos o 2.500 UVT.
+
El usuario radica en [[Numera]] el PDF del [[formulario no. 350]] descargado de la [[DIAN]] como una [[liquidación de impuestos]], y [[Numera]] identifica que un impuesto está en estado "presentado" con estas validaciones:
  
Cuando no se tenga impuesto a pagar ni ingreso la sanción será el 1% del patrimonio líquido del año anterior, sin exceder el 10% del patrimonio líquido o 2.500 UVT.  
+
#Ell [[NIT]] y el [[Dígito de verificación]] de la empresa que se encuentra en la casilla no. 4 del [[formulario no. 350]] son consistentes con el [[NIT]] de la empresa.
 +
#El periodo de presentación en las casillas 1 y 3 del [[formulario no. 350]] corresponde al periodo del impuesto preparado
 +
#El no. de formulario de la casilla no. 4 del [[formulario no. 350]] es igual al no. de formulario del borrador cargado en el estado anterior.
 +
#La casilla no. 997 "Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora" tiene sobre puesto un logo que indica que el impuesto se encuentra "Firmado" y contiene una "Fecha Acuse de Recibido". La fecha que refleja esta casilla corresponde a la fecha en la que se presentó el impuesto, que servirá para que [[Numera]] compruebe si el impuesto se presentó oportunamente.
 +
[[File:Soporte documento presentado.JPG]]
 +
#El reporte [[Consulta Firmas Documento]] generado desde la DIAN indica que está "Firmado" en la columna "Acuse".
 +
[[File:ConsultaFirmasDocumento.jpg]]
  
Cuando la declaración se presente posterior a un emplazamiento (requerimiento de la DIAN) la sanción se duplica.
+
====Pagado====
  
Sanción por no declarar (art 643 ET): La no presentación de declaraciones, posterior a emplazamiento (requerimiento de la DIAN) genera una sanción por no declarar, que es liquidada directamente por la DIAN. Equivale al diez por ciento 10% del mayor valor entre (1) pagos por sistema financiero (salidas por cualquier tipo a bancos, incluye cheques) (2) costos y gastos del periodo a declarar (3) retenciones en la fuente de la última declaración que haya presentado.
+
Una vez se presenta el impuesto, se debe generar un recibo de pago ([[formulario no. 490]]) que habilita los pagos pse, TIDIS (Título de devolución de impuesto) o en ventanilla de bancos (si el impuesto generó valor a pagar en la casilla no. 88). Aquí se visualiza el [[formulario no. 490]] de la [[DIAN]] https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2020/Formulario_490_2020.pdf.
 +
La retención en la fuente se realiza por medio de dos pagos, uno por [[retención en la fuente]] y otro por [[retención de iva]]. En [[Numera]] permitimos que se carguen varios pdf de pago y sumamos los valores pagados
  
En el régimen sancionatorio mencionado existen las siguientes excepciones (art 640 ET):
+
El usuario radica en [[Numera]] el PDF del [[formulario no. 350]] descargado de la [[DIAN]] como una [[liquidación de impuestos]] y [[Numera]]
 +
#Identifica un pago de [[retención en la fuente]] siguiendo estos pasos en el [[formulario no. 490]]:
 +
##Valida que el pago ha sido efectuado a nombre de la empresa, comparando el [[NIT]] y el [[Dígito de verificación]] que se encuentra en la casilla no. 5.
 +
##Comprueba que efectuó un pago de retención en la fuente, cuando la casilla no. 2 tiene el concepto 62.
 +
##Valida el periodo pagado en la casilla no. 1 y 3 de año y periodo del año respectivamente.
 +
##Identifica qué el "no. de formulario" de la casilla no. 29 del [[formulario no. 490]], corresponda al "no. de formulario" que se evidencia en la casilla no. 4 del [[formulario no. 350]] del mismo periodo.
 +
##Comprueba que el valor de la casilla no. 36 del [[formulario no. 490]], corresponda a ca silla no. 78 del [[formulario no. 350]]
 +
#Identifica un pago de [[retención de iva]] siguiendo estos pasos en el [[formulario no. 490]]:
 +
##Valida que el pago ha sido efectuado a nombre de la empresa, comparando el [[NIT]] y el [[Dígito de verificación]] que se encuentra en la casilla no. 5.
 +
##Comprueba que efectuó un pago de retención en la fuente, cuando la casilla no. 2 tiene el concepto 61.
 +
##Valida el periodo pagado en la casilla no. 1 y 3 de año y periodo del año respectivamente.
 +
##Identifica qué el "no. de formulario" de la casilla no. 29 del [[formulario no. 490]], corresponda al "no. de formulario" que se evidencia en la casilla no. 4 del [[formulario no. 350]] del mismo periodo.
 +
##Comprueba que el valor de la casilla no. 36 del [[formulario no. 490]], corresponda a ca silla no. 82 del [[formulario no. 350]]
  
La sanción se reducirá al cincuenta por ciento (50%) si dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de la sanción no se hayan incurrido en otras sanciones en el impuesto y DIAN no ha requerido a la entidad o persona por no declarar
+
===Liquidación===
  
La sanción se reducirá al setenta y cinco por ciento (75%) si dentro del año (1) año anterior a la fecha de la sanción no se hayan incurrido en otras sanciones en el impuesto y DIAN no ha requerido a la entidad o persona por no declarar
+
A partir de la información en el [[software contable]] y los registros recibidos por en [[Numera]] se liquida cada una de las casillas de la [[Retención en la fuente]]. La lógica esta ligada a [[parametrización]]. Los [[software contable]]s que tienen esta funcionalidad vigente son:
 +
- [[Odoo]]
  
La sanción se reducirá al cincuenta por ciento (50%) si la DIAN lo requirió pero dentro de los cuatro (4) años anteriores a la fecha de la sanción no se hayan incurrido en otras sanciones en el impuesto
 
  
La sanción se reducirá al setenta y cinco por ciento (75%) si la DIAN lo requirió pero dentro de los cuatro (2) años anteriores a la fecha de la sanción no se hayan incurrido en otras sanciones en el impuesto
 
  
La sanción se reducirá al dos por ciento (2%) de la sanción por extemporaneidad (y sanciones del 580, 650-1 y 650-2) , si la declaración se presentó sin la firma de sus representantes (o uno de ellos), siempre que la DIAN no haya requerido a la empresa. (art 588 ET). En este caso, como la declaración hipotéticamente no se presentó, se debe presentar de nuevo como una declaración “inicial” (no por corrección).sanción máxima 1.300 UVT.
+
==[[Retención en la fuente por rentas de trabajo]]==
  
En los formularios 490 (de pago), adicional a la sanción, se pagan los intereses del menor valor pagado del impuesto, entre la fecha de vencimiento del impuesto vs la fecha de pago, a la tasa de interés moratoria más alta permitida por Banrep.
+
En [[Numera]] realizamos el cálculo de la retención en la fuente para la [[nómina]] y para los documentos que sean radicados como [[documento soporte DIAN]] que cumplan ciertos requisitos. Revisa [https://wiki.esnumera.com/wiki/Retención_en_la_fuente_por_rentas_de_trabajo aquí] como realizamos este proceso.

Latest revision as of 22:18, 21 June 2021

La retención en la fuente (Retefuente) es un mecanismo de recaudo del impuesto de renta, que opera mediante la retención de un porcentaje del pago de las compras de bienes o servicios a los proveedores. Para los autoretenedores, quien vende se auto-retiene este impuesto.

Si bien la retención en la fuente que realiza la empresa que compra es un anticipo de impuesto de renta para quien vende, es requerido por ley emitir certificados de la retención que el comprador pagó a la DIAN para que el proveedor pueda descontar esas retenciones.

Forma de recaudo

Quien compra retiene un porcentaje de la base de la factura de su proveedor y paga ese impuesto a la DIAN. Para el vendedor este impuesto es un anticipo del impuesto de renta del año.

Formulario de impuestos

Para declarar este impuesto, la DIAN dispone el formulario no. 350. En este formulario se unen la declaración de retención en la fuente, autorretenciones en la fuente y las retenciones por IVA. Aquí se visualiza el formulario no. 350 publicado por la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2020/Formulario_350_2020.pdf

Toda la información que se condensa en esta página es del formulario no. 350

Impuesto Retención en la fuente en Numera

Cálculo del impuesto

Aquí te explicamos la lógica de liquidación de impuestos, donde puedes ver las liquidaciones, y como activarlas.

Información que alimenta cada casilla del formulario

El formulario está compuesto por casillas. Los impuestos, bases y cálculos que tomamos para cada casilla son:

Aquí puedes consultar cómo es la búsqueda de los impuestos en el software Odoo (base y cálculos) https://wiki.esnumera.com/wiki/Impuestos#Tipos_de_b.C3.BAsqueda

Auditoría de impuestos

En Numera hemos comprobado que las validaciones que hacen actualmente los seres humanos, pueden ser realizadas por máquinas. Construimos auditorías por cada casillas del formulario, que son reportadas como alarmas en la parte inferior del home del impuesto.


Estas auditorías excluyen cualquier registro realizado en el diario "cierre de impuestos", a menos que en la descripción indiquen lo contrario. Se esquematiza así para que la auditoría no tome como movimientos los "cruces" de cuentas de impuestos, por ejemplo el traslado de cada subcuenta a una cuenta de pago (cuenta contable 23659501). Realizar dos registros permitirá que la cuenta de pago sean un tipo de cuenta "a pagar", y el informe de cuentas por pagar incluirá las deudas a la autoridad tributaria.

En un futuro cercano pretendemos realizar automáticamente el registro del pago del impuesto; es decir: (1) el "cruce" de impuestos cuando el impuesto pase a estado "presentado (en el diario cierre de impuestos) y (2) el registro del pago cuando el impuesto pase a estado "pagado" (en el diario de bancos).


Las auditorías que realizamos son:

Código de la auditoría Descripción
audit_42_49 Compara el total de los ingresos causados en el periodo (valor neto de la cuenta contable 4, es decir crédito menos débito) vs los ingresos declarados en las casillas 42 al 49 del formulario. En en valor de la auditoría excluímos la utilidad en venta de p.p y e (cuentas contables 4245), los intereses bancarios (cuenta contable 42102001) y los descuentos en compras que hayan sido registrados en el ingreso (42503001).
audit_52 Compara las retenciones de rentas laborales causadas en las cuenta contables 23650501 y 23650502 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 52 del formulario.
audit_54 Compara las retenciones de honorarios causados en las cuenta contables 23651501 y 23651502 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 54 del formulario.
audit_55 Compara las retenciones por comisiones causadas en las cuentas contables 23652001 y 23652002 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 55 del formulario
audit_56 Compara las retenciones por servicios causados en las cuentas contables 23651503, 23651504, 23652501, 23652502, 23652503, 23652504, 23652505, 23652506, 23652507, 23652508 y 23652509 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 56 del formulario
audit_57 Compara las retenciones por rend. financieros causados en las cuentas contables 23653501, 23653502 y 23653503 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 57 del formulario
audit_58 Compara las retenciones por arrendamientos causadas en las cuentas contables 23653001 y 23653002 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 58 del formulario
audit_59 Compara las retenciones por regalías y explotaciones PI causadas en la[cuenta contable 23657090 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 59 del formulario
audit_60 Compara las retenciones por dividendos y participaciones causadas en las cuenta contable 23651001 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 60 del formulario
audit_61 Compara las retenciones por compras causadas en las cuentas contables 23654001, 23654002, 23654003, 23654004, 23654005, 23654101, 23654102, 23654103 y 23654104 (valores crédito) vs las declaradas en la casilla 61 del formulario.
audit_63 Compara las retenciones por construcción causadas en la cuenta contable 23654105 vs las declaradas en la casilla 63 del formulario
audit_65 Compara las retenciones de loterías, rifas apuestas, etc causadas en la cuenta contable 23654501vs las declaradas en la casilla 65 del formulario
audit_67 Compara las autorretenciones causadas en las cuentas contables 236566 vs los ingresos multiplicados por la tarifa de autorenta (0,4%, 1,6% o 0,8%) que se declaran en la casilla 67 del formulario.
audit_68_74 Compara las autorretenciones practicadas por empresas autorretenedoras y causadas en las cuentas contables 2365 (naturaleza crédito) vs las declaradas en las casillas 67 al 74 del formulario
audit_75_76 Compara las retenciones del exterior causadas en las cuentas contables 23655001, 23655002, 23655004, 23655005, 23655006, 23655007, 23655008 y 23655009 con las declaradas en las casillas 75 al 76 del formulario.
audit_77 Compara las retenciones en la fuente en exceso (o devolución de retenciones) registradas en las cuentas contables 2365 (de naturaleza débito) vs las declaradas en la casilla 77 del formulario. En la auditoría se excluyen los movimientos del pago de retención, registrados en la cuenta contable 23659501
audit_78 Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente registradas en el mes en las cuentas 2365 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 78 del formulario
audit_79 Compara las retenciones de iva practicadas a responsables de iva, causadas en las cuentas contables 23671501, 23671502, 23671503, 23671504, 23671505 y 23671506 vs las declaradas en la casilla 79 del formulario
audit_80 Compara las retenciones de iva practicadas a terceros del exterior causadas en las cuentas contables 23670501 y 23670502 vs las declaradas en la casilla 80 del formulario.
audit_81 Compara las retenciones de iva en exceso (o devolución de retenciones) registradas en las cuentas contables 2367 (de naturaleza débito) vs las declaradas en la casilla 81 del formulario. En la auditoría se excluyen los movimientos del pago de retención, registrados en la cuenta contable 23679501
audit_82 Compara el valor a pagar de las retenciones de iva registradas en el mes en las cuentas 2367 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 82 del formulario
audit_85_1 Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente y de iva registradas en el mes en las cuentas 2365 y 2367 (crédito menos débito) vs el valor a pagar de la casilla 85 del formulario
audit_85_2 Compara el valor a pagar de las retenciones en la fuente y de iva registradas en el mes en las cuentas 2365 y 2367 (saldo contable) vs el valor a pagar de la casilla 85 del formulario. Recomendamos revisar si la retención en la fuente del mes anterior fue pagada, o si el pago no se ha registrado en la contabilidad.

Radicar Liquidación de impuestos

Ingresa aquí para ver el proceso de radicación de impuestos

Responsabilidad

Numera identifica que una empresa o persona natural es responsable de retención en la fuente cuando su RUT porque en la casilla no.53, tienen la responsabilidad. “07- Retención en la fuente a título de rent”

Para todas las empresas que tengan esta responsabilidad y que desde el home de la empresa activen el botón de liquidar impuestos, Numera calculará la propuesta de impuesto y la auditoria de impuestos el primer día del mes de vencimiento, a partir de la información del software contable de la empresa. Mientras el estado del impuesto no cambie de Preparado se volverá a calcular diariamente en función de los cambios que tenga el periodo de cálculo.

Estado de un impuesto

Revisa aquí cuales con los estados de los impuestos.

Lectura de impuestos

En Numera hemos automatizado la lectura del formulario de retención en la fuente. Con ella validaremos los datos presentados en los formularios de impuestos para que la gestión de impuestos sea en línea y completamente documentada. Los usuarios deben cargar a Numera los formularios de impuestos de Retención en la fuente una vez han sido presentados en la DIAN.

Intellectio recibirá el radicado del usuario e identificará la información del impuesto. Con esta información del formulario radicado se revisará el estado en la DIAN y la congruencia con la propuesta de impuesto realizada por Numera.

Numera lee estos datos en las liquidaciones de impuestos:

Declarante

Numera identifica los datos de quien presentó el impuesto validando el NIT y el Dígito de verificación

Periodicidad y Periodo

Los impuestos los hemos dividido de acuerdo a su periodicidad, es decir, cada cuándo se presenta el impuesto en el año. Como la retención en la fuente sólo tiene un lapso de periodicidad la hemos denominado "RETENCION EN LA FUENTE MENSUAL".

El periodo indica el no. de vez en la que se presenta un impuesto, de acuerdo a la periodicidad. La retención en la fuente como es mensual, tiene 12 periodos. Numera identifica el periodo de un formulario de retención en la fuente de acuerdo a las casillas no. 1 y 3, que detallan el año y el periodo respectivamente.

Comparación de casillas

En la lectura de los formularios validamos que el impuesto preparado por Numera sea consistente con el impuesto presentado. Este proceso lo hacemos comparando los valores reportados en las casillas 25 a 87 del formulario no. 350 presentado en la DIAN. El resultado es un reporte de auditoría con las diferencias.

Lectura de estados de impuestos en la DIAN

En Numera pretendemos documentar todo el proceso de liquidación con revisiones y análisis de diferentes roles dentro del proceso contable. Para ello recibimos en la VURV los formularios en todos las etapas que la DIAN tiene disponible para los contribuyentes. Al radicar Intellectio lee el estado que tiene el impuesto en la DIAN y lo cruza contra el estado que tiene en Numera, informando a el Contador de los inconsistencias en los mismos.

Preparado

Consideramos un impuesto preparado cuando está liquidado automáticamente por Numera.

Borrador

Cuando el impuesto preparado se diligencia y guarda en la plataforma de la DIAN, se genera un "borrador", y si se habilitan las firmas queda "en trámite firmas". El impuesto no es el definitivo y está sujeto a cambios.

La diferencia entre un impuesto en "borrador" y "en trámite firmas", es que el "borrador" contiene una marca de agua con la denominación "Borrador" y el impuesto en trámite de firmas contiene una marca de agua con la denominación "en trámite firmas", y un número en la casilla no. 996 "Espacio para el número interno de la DIAN / Adhesivo". Ambos formularios los hemos incluído en el estado "Borrador".


El usuario radica en Numera el PDF del formulario no. 350 descargado de la DIAN como una liquidación de impuestos, y Numera identifica que la retención en la fuente está en estado "borrador" con las siguientes validaciones:

  1. Ell NIT y el Dígito de verificación de la empresa que se encuentra en la casilla no. 4 del formulario no. 350 son consistentes con el NIT de la empresa.
  2. El periodo de presentación en las casillas 1 y 3 del formulario no. 350 corresponde al periodo del impuesto preparado
  3. La casilla no. 997 "Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora" del formulario, está vacía.

El no. de formulario de este borrador (casilla 4 del formulario no. 350) es el que almacenamos como no. de formulario del impuesto, y que será base para identificar otros estados de los impuestos.

Presentado

Cuando el impuesto se presenta en la DIAN, con o sin firmas, pasa a presentado. Se evidencia en el formulario porque tiene la marca de agua “recibido”.

El usuario radica en Numera el PDF del formulario no. 350 descargado de la DIAN como una liquidación de impuestos, y Numera identifica que un impuesto está en estado "presentado" con estas validaciones:

  1. Ell NIT y el Dígito de verificación de la empresa que se encuentra en la casilla no. 4 del formulario no. 350 son consistentes con el NIT de la empresa.
  2. El periodo de presentación en las casillas 1 y 3 del formulario no. 350 corresponde al periodo del impuesto preparado
  3. El no. de formulario de la casilla no. 4 del formulario no. 350 es igual al no. de formulario del borrador cargado en el estado anterior.
  4. La casilla no. 997 "Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora" tiene sobre puesto un logo que indica que el impuesto se encuentra "Firmado" y contiene una "Fecha Acuse de Recibido". La fecha que refleja esta casilla corresponde a la fecha en la que se presentó el impuesto, que servirá para que Numera compruebe si el impuesto se presentó oportunamente.

Soporte documento presentado.JPG

  1. El reporte Consulta Firmas Documento generado desde la DIAN indica que está "Firmado" en la columna "Acuse".

ConsultaFirmasDocumento.jpg

Pagado

Una vez se presenta el impuesto, se debe generar un recibo de pago (formulario no. 490) que habilita los pagos pse, TIDIS (Título de devolución de impuesto) o en ventanilla de bancos (si el impuesto generó valor a pagar en la casilla no. 88). Aquí se visualiza el formulario no. 490 de la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2020/Formulario_490_2020.pdf. La retención en la fuente se realiza por medio de dos pagos, uno por retención en la fuente y otro por retención de iva. En Numera permitimos que se carguen varios pdf de pago y sumamos los valores pagados

El usuario radica en Numera el PDF del formulario no. 350 descargado de la DIAN como una liquidación de impuestos y Numera

  1. Identifica un pago de retención en la fuente siguiendo estos pasos en el formulario no. 490:
    1. Valida que el pago ha sido efectuado a nombre de la empresa, comparando el NIT y el Dígito de verificación que se encuentra en la casilla no. 5.
    2. Comprueba que efectuó un pago de retención en la fuente, cuando la casilla no. 2 tiene el concepto 62.
    3. Valida el periodo pagado en la casilla no. 1 y 3 de año y periodo del año respectivamente.
    4. Identifica qué el "no. de formulario" de la casilla no. 29 del formulario no. 490, corresponda al "no. de formulario" que se evidencia en la casilla no. 4 del formulario no. 350 del mismo periodo.
    5. Comprueba que el valor de la casilla no. 36 del formulario no. 490, corresponda a ca silla no. 78 del formulario no. 350
  2. Identifica un pago de retención de iva siguiendo estos pasos en el formulario no. 490:
    1. Valida que el pago ha sido efectuado a nombre de la empresa, comparando el NIT y el Dígito de verificación que se encuentra en la casilla no. 5.
    2. Comprueba que efectuó un pago de retención en la fuente, cuando la casilla no. 2 tiene el concepto 61.
    3. Valida el periodo pagado en la casilla no. 1 y 3 de año y periodo del año respectivamente.
    4. Identifica qué el "no. de formulario" de la casilla no. 29 del formulario no. 490, corresponda al "no. de formulario" que se evidencia en la casilla no. 4 del formulario no. 350 del mismo periodo.
    5. Comprueba que el valor de la casilla no. 36 del formulario no. 490, corresponda a ca silla no. 82 del formulario no. 350

Liquidación

A partir de la información en el software contable y los registros recibidos por en Numera se liquida cada una de las casillas de la Retención en la fuente. La lógica esta ligada a parametrización. Los software contables que tienen esta funcionalidad vigente son: - Odoo


Retención en la fuente por rentas de trabajo

En Numera realizamos el cálculo de la retención en la fuente para la nómina y para los documentos que sean radicados como documento soporte DIAN que cumplan ciertos requisitos. Revisa aquí como realizamos este proceso.